Calculadora del IRPF del autónomo (modelo 130)
Introduce tus ingresos y gastos acumulados del año y estima el pago fraccionado del trimestre (el 20 % del rendimiento) y una cuota anual orientativa por tramos.
Datos acumulados del año
Resultado
- Rendimiento neto
- 8000,00 €
- Gastos de difícil justificación (5 %)
- 400,00 €
- Base del pago fraccionado
- 7600,00 €
- Pago fraccionado (20 %)
- 1520,00 €
IRPF anual orientativo
Con esa base, la cuota anual estimada por tramos (escala combinada de referencia) sería de 1444,00 €. Varía según tu comunidad autónoma y tus circunstancias personales.
Cómo se calcula
El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF: cada trimestre se adelanta el 20 % del rendimiento neto acumulado del año (ingresos menos gastos deducibles), restando las retenciones soportadas y los pagos fraccionados ya realizados. En estimación directa simplificada se restan además los gastos de difícil justificación (5 % del rendimiento, con tope anual).
Es solo un adelanto: la cuota definitiva se regulariza en la declaración de la Renta aplicando la escala por tramos (del 19 % al 47 % en la escala combinada de referencia) y tus circunstancias personales y autonómicas.
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a presentar el modelo 130?
Los autónomos en estimación directa que no tengan al menos el 70 % de sus ingresos sujetos a retención. Los profesionales con la mayoría de su facturación con retención pueden quedar exentos.
¿Cuándo se presenta el modelo 130?
En los mismos plazos que el IVA: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.
¿Qué son los gastos de difícil justificación?
En estimación directa simplificada se deduce un porcentaje del rendimiento neto positivo (5 % de referencia, con tope de 2.000 € anuales) en concepto de gastos difíciles de acreditar. El porcentaje ha variado según el ejercicio: verifica el vigente.
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Cálculos orientativos e informativos: no constituyen asesoramiento fiscal y Aurio no presenta nada ante la AEAT. Verifica importes y plazos con la normativa vigente o con tu asesor.

