«¿Esto lo puedo deducir?» es probablemente la pregunta más repetida entre autónomos. La respuesta corta: solo los gastos vinculados a tu actividad, correctamente justificados y registrados. La larga, con los matices de IRPF e IVA por categoría, es esta guía.
Los tres requisitos (siempre)
- Afectación a la actividad. El gasto tiene que estar vinculado a tu trabajo: un portátil para diseñar sí; la cena del sábado, no.
- Justificación documental. Como regla general, factura completa a tu nombre (con NIF). Un ticket sin tus datos vale poco si hay comprobación.
- Registro contable. El gasto debe figurar en tus libros de gastos e inversiones.
Tabla orientativa por categoría
Es el mismo criterio conservador que aplica Aurio al analizar tus gastos. «IVA» indica qué parte de la cuota soportada suele admitirse; «IRPF», si el gasto reduce tu rendimiento.
| Gasto | IVA | IRPF | Matiz |
|---|---|---|---|
| Software y suscripciones profesionales | 100 % | 100 % | Si están vinculados a la actividad. |
| Cuota de autónomos (RETA) | — | 100 % | No lleva IVA; deducible íntegra en IRPF. |
| Suministros de la vivienda afecta (luz, agua, internet) | Restrictivo | ~30 % de la parte afecta | En IRPF: el 30 % de la proporción de la vivienda afecta a la actividad (p. ej., si afectas el 20 % de tu casa, deduces el 30 % de ese 20 %). En IVA el criterio es muy restrictivo salvo factura afecta a la actividad. |
| Vehículo de uso mixto | 50 % | 0 % | IVA: presunción de afectación del 50 %. IRPF: solo con afectación exclusiva a la actividad (difícil de acreditar). |
| Comidas y restaurantes | 0 % | Solo dietas con requisitos | El IVA de hostelería no es deducible con carácter general (art. 96 Ley del IVA). En IRPF existen dietas de manutención con requisitos estrictos: día de trabajo, pago electrónico, establecimiento de hostelería y límites diarios. |
| Seguro de salud | — | Con límites | Hasta 500 € por persona y año (más si hay discapacidad), como referencia. |
| Alimentación y compras personales | 0 % | 0 % | Los gastos personales nunca son deducibles. |
Los gastos «de difícil justificación»
Si tributas en estimación directa simplificada, puedes deducir además un porcentaje del rendimiento neto positivo en concepto de gastos difíciles de acreditar: el 5 % como referencia, con un tope de 2.000 € anuales (el porcentaje ha variado según el ejercicio; verifica el vigente). Nuestra calculadora del modelo 130 lo aplica automáticamente.
¿Y las inversiones? Se amortizan
Un bien duradero (un ordenador, mobiliario, maquinaria) no se deduce entero el año de compra: se reparte entre sus años de vida útil según los coeficientes de la AEAT. Como referencia, los bienes de escaso valor (hasta ~300 € por elemento, con un límite anual conjunto) sí pueden deducirse en el año. Para el resto, usa la calculadora de amortización con la tabla de coeficientes.
Errores frecuentes
- Deducir el 100 % del coche (en IRPF casi nunca procede sin afectación exclusiva).
- Guardar tickets sin NIF en lugar de pedir factura completa.
- Deducir suministros del hogar sin haber declarado la vivienda parcialmente afecta.
- Olvidar la cuota de autónomos, que es de las pocas deducciones «gratis».

